Castilla la Mancha, vaciando la España vaciada

Uno no se acostumbra a vivir en un país donde el peso de la ley carga furibunda contra las clases humildes y trabajadoras, mientras es asquerosamente sumisa y obediente ante los poderosos. España es un país donde la “justicia” arremete contra titiriteros y cantantes, donde los poderes del estado mantienen su bota sobre las cabezas de las libertades de las “personas físicas”, mientras hinca la rodilla y trabaja para blindar las libertades de ciertas “personas jurídicas” (oligopolios y partícipes de redes clientelares institucionalizadas desde antes de la mal llamada transición).

Paradojas para no dormir

  • En el momento en que el Tribunal Supremo ratificó que el PP había sido financiado mediante una caja “B” “consistente en una estructura financiera y contable paralela a la oficial, existente al menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente”(…)»aportaciones que incumplían la normativa sobre financiación de partidos políticos», desde ese momento, la rendición de cuentas del Partido Popular se revela como un bluf, una rendición de cuentas que es obligatoria según la Ley Orgánica 6-2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.

Según esta ley, no cumplir con la rendición de cuentas, podría suponer la extinción de un partido político por vía judicial.

  • El 12 de noviembre de 2014, la Audiencia nacional se posicionó en contra de la investigación a una veintena de acusados por crímenes de lesa humanidad durante el franquismo, negando la extradición de los mismos para ser juzgados, y poniendo palos en las ruedas de la investigación para cubrirles las espaldas a algunos herederos del régimen(1).
  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía decidió, en contra del dictamen del Tribunal Supremo(2), que la demolición del hotel El Algarrobico en Carboneras, construido dentro del área de especial protección del parque Natural Cabo de Gata-Nijar, “solo es una decisión que corresponde a la Administración o Administraciones”(3).

Justicia protectora para algunos, ahora bien, contra el pueblo, esa misma justicia se vuelve un arma ofensiva, no pretende impartir justicia, tan solo oprimir.

Esto es «de juzgado de guardia»

Fraguas es un pueblo que se remonta como tal, al siglo XII (según estudios del historiador Enrique Herchhoren), su construcción pertenece a la tipología de la “arquitectura negra” típica de Guadalajara, y como tal debería de tener privilegio de protección(4). En 1969, el régimen franquista lo expropia, expulsando a sus pobladores para llenar el monte con monocultivos de pino (esa “estupenda gestión” del campo que se ha replicado desde entonces, y cuyas consecuencias podemos ver hoy con la facilidad con la que se escapan de control los incendios).

Ya en los años 90, el ejército se dedicó a demoler el pueblo con explosivos, ametrallar los restos y arrasar con sus juguetitos bélicos por la zona (curioso, que para la Junta, como veremos, el monte no se toca,…, bueno, a menos que seas un cazador, o alguien con explosivos y armas de asalto, entonces puedes reventarlo).

Un auto del 24 de Julio de 2022, condena a Lalo, Isa, Isaac, Mila, Daniel y a Javier, a ir a la cárcel por devolver la vida a ese pueblo mediante un ilusionante, sostenible y autogestionado proyecto vital, a través de una sentencia cuyo fin no es hacer que se cumpla la ley, es, como aseguró la parte de la acusación en una de las vistas, “aplicar una castigo ejemplar, para evitar el efecto llamada”.

En primer lugar, no seré yo quien de lecciones de jurisprudencia sin ser jurista, pero si el poder judicial no está para hacer cumplir la ley, y sirve para ayudar a mantener un status quo de «tinglaos» y redes clientelares (como se puede extraer de los ejemplos del principio), y ¡más aún! sirve para aplicar “castigos ejemplares” motivados por falacias estúpidas y mitológicas (… porque sí compañeros, allá donde se aplique, y mientras no se demuestre lo contrario: ¡¡¡“EL EFECTO LLAMADA” NO EXISTE!!!), a mí me da por pensar cuanta falta nos hace un poder judicial de este porte, y avanzo que en estos términos me está sobrando en su totalidad.

Dejando aparte la inquina que destilan algunos elementos de la administración pública: la Junta de Castilla la Mancha han acusado, a los nuevos pobladores de Fraguas, por delitos de usurpación, contra la ordenación del territorio y por delitos medioambientales, también a asumir el coste de la demolición y retirada de escombros mediante el uso de maquinaria pesada.

Yendo por partes: el código penal habla de acciones contra la “ordenación del territorio”, refiriéndose a urbanizar, construir o edificar, y habla de proyectos “no autorizables” (art.319.1). Bien, los jóvenes no han realizado ninguna de estas acciones castigadas por el código penal, puesto que se han limitado a retirar escombros y poner cubiertas a los edificios ruinosos para poder vivir dentro, es decir: nada de nueva edificación ni proyectos, tan solo rehabilitar lo que el ejército bombardeó para echarse unas risas. Es decir, en mi opinión, hay una interpretación claramente malintencionada del texto de la ley,… y es en este momento cuando me remonto al principio, para indicar que no se retuercen los textos legislativos siempre de la misma forma, cuando se trata de la ley de partidos u otros casos de construcción en áreas protegidas, más bien se retuercen en sentido inverso,… y bueno, soy de los que creen que las casualidades, son como los efectos llamada: No existen.

Por otro lado, desde el Siglo XII, Fraguas ha sido un pueblo, hasta 1969, así pues, este proyecto es autorizable, pero por supuesto, que se autorice o no, depende de la voluntad de la junta, así de fácil. Lo digo para cuando luego se pavoneen llenándose la boca de lo mucho que quieren trabajar en pro de la “España vaciada”.

En cuanto a la acusación por delitos medioambientales, en fin, ni me voy a molestar, ya quisiera yo que cualquier comunidad autónoma se tomase tan en serio la gestión medioambiental del territorio, como lo hacen los nuevos pobladores de Fraguas. Un sinfín de ejemplos respaldan mi opinión, pero me conformo con uno solo: un caso de gestión del monte muy ilustrativo, que incluye la demolición con explosivos y armamento militar de un pueblo, en un monte protegido, llamado Fraguas.

Se pretende la demolición de los edificios completos, a pesar de que el CSIC advierte que la demolición de Fraguas es ilegal(4). Y una demolición completa es lo ha tasado Tragsa en su informe, ¿de verdad no son capaces de distinguir edificios con siglos de antigüedad de la parte restaurada para hacerlos habitables?, poco creíble, a menos que la intención sea terminar el trabajo que comenzó el ejercito en los 90 para poder inflar la cuenta y asegurarse ese “castigo ejemplar” (cárcel incluida), que andan buscando desde la Junta. En realidad, a quien no le importa lo más mínimo ni el entorno, ni el patrimonio histórico es a la parte de la acusación, porque de otra forma, estarían buscando un acuerdo de colaboración, y no encarcelar a personas por hacer lo que debieran estar haciendo desde la Administración: devolver la vida a la España vaciada, una gestión del territorio pensando en la biodiversidad y la recuperación del entorno.

Pero lo más grave de todo, es que la “justicia” se alinea con el agresor, siendo partícipe de una propuesta de demolición que va contra la ley de protección del patrimonio histórico, queriendo retorcer la ley para atacar al pueblo, y condena a los habitantes de Fraguas, a cárcel y pagar una suma hinchada de forma malintencionada.

«SOLO EL PUEBLO DEFIENDE AL PUEBLO»

Ahora los pobladores de Fraguas piden ayuda, nos necesitan, no podemos contar con los poderes del estado, que no les defienden, les quieren condenar, estaremos atentos, apoyemos las acciones y no permitamos que el silencio mediático e institucional siga vaciando la España ya vaciada.


  1. https://www.eldiario.es/sociedad/claves-boicot-espana-querella-argentina_1_3798728.html
  2. https://elpais.com/politica/2016/02/18/actualidad/1455802109_401395.html
  3. https://elpais.com/clima-y-medio-ambiente/2021-07-24/el-tribunal-superior-de-andalucia-rechaza-la-demolicion-del-hotel-de-el-algarrobico.html
  4. https://www.elsaltodiario.com/pueblos-recuperados/el-csic-advierte-de-que-la-demolicion-de-fraguas-es-ilegal
  5. Sigue el proyecto Fraguas Revive en su canal de Telegram: https://t.me/fraguasrevive

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